Reconocimiento, Cambio de Estudios/Universidad y Simultaneidad

Reconocimiento de Créditos

El Reconocimiento de Créditos es un procedimiento por el que el estudiante solicita que se declare la equivalencia de una(s) asignatura(s) cursada(s) en otro Plan de Estudios respecto de otra del actual (v.g., alguien que aprobó Algebra Lineal podría solicitar no cursar Álgebra en el Grado de Física de cualquier universidad). Igualmente, también cabe la posibilidad de solicitar el reconocimiento de créditos optativos de una titulación por la realización de actividades complementarias (este trámite no se trata en esta página).

La solicitud de reconocimiento se dirige a la Comisión de Transferencia y Reconocimiento de Créditos, quienes, previo abono del precio público, estudian el expdte. de forma individualizada, emitiendo una resolución de reconocimiento de créditos. Para ello, examinan los planes de estudios de ambas titulaciones, las fichas de las asignaturas, su similitud en cuanto a contenidos y carga docente, etc.

Una vez recibida la resolución, si el estudiante está satisfecho, tiene que dirigirse a la secretaría para matricular las asignaturas reconocidas, debiendo abonar el 25% de su precio público para que se incorporen al expdte.

Si, por el contrario, no está conforme, puede interponer recurso de alzada ante el Rector.

Para más información, consúltese la sede electrónica.

Cambio de Estudios y/o Universidad

El Cambio de Estudio y/o Universidad es el procedimiento por el que un estudiante que ya ha accedido a la universidad puede cambiarse de título y/o centro.

La normativa y plazos de este procedimiento varía en cada universidad, no obstante, siempre se requiere que haya un reconocimiento de, al menos 30 ECTS.

En la UCM, además, de conformidad con su normativa, si hay más solicitudes que plazas, estas se ordenan por tramos discriminados por ECTS reconocidos (es decir, primero compiten entre ellos los que tengan más de X ECTS, después lo que tengan más de Y ECTS, etc.) y, en cada tramo, depende de la nota con la accedió a la universidad el interesado.

Si su nota es mayor que la de corte de la titulación a la que quiere cambiarse en el año en el que accedió a la universidad, compite con su nota de Selectividad sobre 14. Si es menor, participa con la semisuma de su nota de selectividad y la nota media de su expdte. (es decir, sobre 12 (hasta 7 puntos por selectividad y 5 por expdte).

Para más información consúltese la web de la facultad.

Traslado de Expediente y Simultaneidad

Si un estudiante accede por primera vez a la universidad o es admitido en otra, debe proceder al traslado de su expdte. a la nueva universidad (el expdte. es único).

No obstante, un estudiante puede cursar en simultaneidad varios estudios oficiales. Cada universidad determina sus normas de acceso a simultaneidad (una vez accedido, no hay que solicitarla nuevamente para cada curso). En la UCM la normativa exige que el estudiante haya aprobado 60 ECTS en su estudio de origen y que acceda a una titulación con plazas libres tras el reparto en la convocatoria extraordinaria.

Esta norma de simultaneidad solo aplica a universidades públicas (no hay simultaneidad entre una privada y una pública).

Para más información consúltese la sede electrónica y la web sobre simultaneidad.

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