Terrorismo de estado

Según la definición de la RAE terrorismo significa:

Actuación criminal de bandas organizadas, que, reiteradamente y por lo común de modo indiscriminado, pretende crear alarma social con fines políticos.

Cuando la banda criminal es el estado, entonces podemos hablar de terrorismo de estado.

Si analizamos ahora actuación criminal coincidimos con la RAE en que es aquella que constituye un delito grave o aquella perpetrada con intención de matar o herir a alguien.

Resumiendo, terrorismo de estado es un delito grave llevado a cabo por cualquiera de las instituciones que constituyen el estado.

La organización terrorista ETA, desde la muerte del dictador Francisco Franco y hasta el anuncio del cese definitivo de la violencia provocó 829 víctimas mortales.

De otra parte, desde diversos orígenes: comenzando por la declaración de derechos humanos y terminando por el código de circulación, se reconoce tanto el derecho de auxilio como la obligación de prestarlo. Pues bien, han fallecido más de 4.000 refugiados ahogados en las aguas del Mediterráneo a lo largo de 2015.

Dichas muertes reiteradas: omisiones de auxilio y refugio, amparados, aunque haya que retorcer la ley, desde las más altas instituciones europeas o tratando de esconderlos debajo de la alfombra roja turca a las puertas de Europa, son constitutivas de un delito grave, bien por las consecuencias trágicas bien por su elevado número de víctimas.

Por si aún no pareciera convincente la argumentación, si añadimos declaraciones tipo que no todo lo que viene es trigo limpio y otras lindeces, generamos alarma social y dado que tratan de vendernos desde un punto de vista político sus grandes logros referentes a la seguridad ciudadana, el cóctel semántico está completo. Ya podemos calificar como terrorismo de estado actuaciones que se definen como defensa de los valores democráticos y constitucionales europeos.

Si ya nos vamos a hechos concretos de nuestro país en los que priman los intereses de terceros frente a los públicos o de auxilio: lanzamientos, tasas de pobreza, recortes en sanidad y educación, en definitiva recortes en derechos fundamentales y en algunos casos con consecuencias graves como los casos de enfermos de hepatitis C, enfermos de cáncer, enfermos crónicos graves y no graves con limitado acceso a las prestaciones básicas o sin acceso por carencia de recursos, subida del IVA, copago farmacéutico y ocultación de los índices de contaminación.

Si analizamos la reforma laboral, paso previo a la legalización de la esclavitud, las declaraciones del presidente de la CEOE, el incumplimiento del programa y otras actuaciones vemos que por reiteración constituyen delitos graves, en algunos casos por el profundo calado de las reformas en otro por afectar a muchos, aunque sea sólo un poquito.

Y  si a esto le sumamos el monopolio en el ejercicio de la violencia y ley de seguridad ciudadana más cerca de la ley de peligrosidad social franquista que de la democracia, también puede calificarse como terrorismo de estado autóctono.

¿Aún necesitas más razones para no votarles?